La principal diferencia entre la Ley 73 y la Ley 97 del IMSS radica en el número de semanas necesarias para solicitar la pensión y el monto de esta. Para el régimen de 1973 es necesario cumplir con un mínimo de 500 semanas de cotización para obtener la pensión de vejez vitalicia, calculada a través del promedio del salario de los últimos cinco años de cotización.

En contraste, la Ley 97, pionera en la introducción de un nuevo sistema pensionario basado en cuentas individuales gestionadas por una Administradora de Fondos para el Retiro (Afore), exige tener como mínimo 800 semanas cotizadas en 2023 para recibir el monto ahorrado durante la vida laboral.

Si perteneces a la ley del 1973 y estás pensando en tramitar tu pensión próximamente, es necesario que cumplas con estos requisitos:

-Debes tener al menos 60 años para solicitar la pensión de cesantía en edad avanzada, o 65 años para la pensión de vejez

-Cumplir con un mínimo de 500 semanas cotizadas y estar dado de baja del régimen obligatorio de la Ley del Seguro Social al momento de iniciar el trámite

– Tendrás que encontrarte dentro del periodo de conservación de derechos, un lapso definido por el IMSS como la cuarta parte del tiempo cubierto por las cotizaciones semanales iniciado a partir de la fecha de baja.

Tal vez te interese: ¿Por qué aumentaron los montos de la Modalidad 40 en 2023? Aquí te contamos

En caso de que cumplas con todos estos requisitos y quieras agilizar el tramite de tu pensión, en C&G Asesores Expertos en Seguridad Social te ofrecemos un estudio de pensión profesional con el que conocerás cuántas semanas tienes cotizadas ante el IMSS, así como el monto que estarás recibiendo mensualmente.

Puedes acudir a nuestras oficinas ubicadas en Calz. de Tlalpan 679, colonia Álamos, alcaldía Benito Juárez, C.P. 03400, en la Ciudad de México, únicamente debes acudir con tu número de seguridad social, CURP y una identificación oficial. La asesoría es gratis.