La pensión es un soporte financiero, es decir, un pago que tiene como propósito ser utilizado cuando realices tu retiro. Para los trabajadores mexicanos, elegir entre el IMSS y el ISSSTE es crucial, ya que ambos ofrecen opciones de pensión bajo diferentes leyes y sistemas. En este artículo, abordaremos las características de la pensión IMSS e ISSSTE en México, ayudándote a comprender las diferencias y beneficios de cada sistema.
La elección entre el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) es una decisión crucial para muchos trabajadores mexicanos, ya que cada sistema ofrece beneficios y características únicas en lo que respecta a la pensión. Comprender las diferencias entre ambos puede ayudar a los trabajadores a tomar decisiones informadas y planificar su jubilación de manera más efectiva.
El IMSS atiende principalmente a trabajadores del sector privado y sus familias. Su sistema de pensiones se basa en dos leyes principales: La Ley del Seguro Social de 1973 y la Ley del Seguro Social de 1997.
- Ley del Seguro Social de 1973:
- Requisitos: Los trabajadores deben haber cotizado al menos 500 semanas (aproximadamente 10 años) para ser elegibles para una pensión por cesantía en edad avanzada o vejez.
- Cálculo de la pensión: La pensión se calcula con base en el salario promedio de las últimas 250 semanas de cotización (aproximadamente 5 años) antes del retiro.
- Ley del Seguro Social de 1997:
- Requisitos: Los trabajadores deben haber cotizado al menos 1,250 semanas (aproximadamente 24 años) para ser elegibles para una pensión.
- Cálculo de la Pensión: La pensión se basa en los recursos acumulados en la cuenta individual del trabajador en una Administradora de Fondos para el Retiro (AFORE). Esto incluye las aportaciones del trabajador, del empleador y del gobierno, así como los rendimientos generados.
- Beneficios adicionales:
El ISSSTE en cambio, atiende a los empleados del sector público y sus familias, y ofrece un esquema de pensión bajo dos modalidades: el Régimen de Reparto y el Sistema de Cuentas Individuales.
- Régimen de reparto:
- Los trabajadores deben haber cotizado al menos 30 años para hombres y 28 años para mujeres y ser elegibles para una pensión.
- La pensión se determina con base en el último sueldo del trabajador antes de la jubilación, con un porcentaje que depende de los años de servicio.
- Los pensionados tienen derecho a servicios médicos, sociales y prestaciones adicionales proporcionadas por el ISSSTE, como préstamos personales y programas de vivienda.
- Sistema de cuentas individuales
- Similar al régimen de reparto, los trabajadores deben cumplir con ciertos años de cotización.
- La pensión se basa en los recursos acumulados de la cuenta individual del trabajador, administrados por las AFORE.
- Incluye servicios médicos y sociales proporcionados por el ISSSTE y otros beneficios adicionales.
Nosotros, en C&G Asesores, estamos para brindarte la ayuda necesaria y guiarte a través del proceso de la pensión. Nuestro compromiso es apoyarte en cada paso del camino, asegurándonos de que tomes las decisiones más informadas y adecuadas para tu futuro financiero. Estamos para asesorarte en la toma de decisiones que te permitan conseguir un retiro digno cuando llegue el momento. Contáctanos hoy mismo para atenderte.