Si tienes 60 años o más y no has cumplido con los requisitos para la pensión por vejez, la pensión por cesantía en edad avanzada del IMSS puede ser una excelente opción para asegurar tu retiro. En C&G Asesores, te explicamos todo lo que necesitas saber sobre este beneficio, sus requisitos y cómo solicitarlo en 2025.

¿Qué es la pensión por cesantía en edad avanzada?

La pensión por cesantía en edad avanzada es un beneficio del IMSS dirigido a trabajadores que, por diversas razones, no pueden continuar laborando pero no han alcanzado la edad o las semanas cotizadas necesarias para la pensión por vejez. Este apoyo económico está diseñado para brindar seguridad a quienes se encuentran en una situación de desempleo y tienen entre 60 y 64 años.

Requisitos para solicitarla en 2025

Para tener derecho a este beneficio, debes cumplir con los siguientes requisitos:

Régimen de la Ley del Seguro Social 1973 (Ley 73):

  1. 1. Tener 60 años o más al momento de presentar la solicitud.
  2. 2. Haber causado baja en el Régimen Obligatorio del IMSS.
  3. 3. Estar privado de trabajo remunerado.
  4. 4. Tener registradas al menos 500 semanas de cotización ante el IMSS.
  5. 5. Estar vigente en tus derechos o dentro del periodo de conservación de derechos (igual a la cuarta parte de tus semanas cotizadas).

Régimen de la Ley del Seguro Social 1997 (Ley 97):

  1. 1. Tener 60 años o más al momento de presentar la solicitud.
  2. 2. Haber causado baja en el Régimen Obligatorio del IMSS.
  3. 3. Estar privado de trabajo remunerado.
  4. 4. Tener registradas al menos 850 semanas de cotización en 2025 (este número aumenta gradualmente cada año hasta alcanzar 1,000 semanas en 2031).

Nota: Si no cumples con las semanas cotizadas requeridas, pero tienes al menos 750 semanas, puedes seguir cotizando hasta completar las semanas necesarias o retirar el saldo de tu cuenta individual en una sola exhibición.

¿Qué documentos necesito para solicitar la pensión?

Para iniciar el trámite, debes presentar los siguientes documentos:

Documentos del asegurado:

  1. 1. Identificación oficial: INE, pasaporte o credencial ADIMSS.
  2. 2. Comprobante de domicilio: Recibo de luz, agua, teléfono o predial (no mayor a 3 meses).
  3. 3. Número de Cuenta y CLABE: Para recibir el pago de la pensión.
  4. 4. Acta de nacimiento: Copia certificada o formato único en línea.

Documentos adicionales (si aplica):

  1. 1. Esposa(o): Copia certificada del acta de matrimonio.
  2. 2. Concubina(rio): Resolución judicial que acredite el concubinato o actas de nacimiento de hijos en común.
  3. 3. Hijos menores o estudiantes: Constancia de estudios (para hijos de 16 a 25 años).
  4. 4. Hijos incapacitados: Dictamen médico ST-6 expedido por el IMSS.

¿Cómo se calcula el monto de la pensión por cesantía?

El monto de la pensión por cesantía se calcula con base en:

  • 1. Tu salario base de cotización (SBC): Se toma el promedio de tus últimos 5 años de cotización.
  • 2. Tus semanas cotizadas: A mayor número de semanas, mayor será el monto de tu pensión.
  • 3. Tu edad al momento del retiro: A los 60 años, recibes el 75% del cálculo inicial, y este porcentaje aumenta gradualmente hasta alcanzar el 100% a los 65 años.

¿Cómo solicitar la pensión por cesantía en 2025?

El trámite puede realizarse de dos formas:

Presencial:

  1. 1. Acude a la Unidad de Medicina Familiar (UMF) de tu adscripción o a la Subdelegación del IMSS más cercana.
  2. 2. Entrega la documentación requerida y llena el formato de solicitud.
  3. 3. Espera la resolución del IMSS.

En línea:

  1. 1. Ingresa a la plataforma Mi Pensión Digital del IMSS: http://www.imss.gob.mx/pensiones/pension-digital.
  2. 2. Registra tu solicitud y sube los documentos digitalizados.
  3. 3. Espera la notificación del IMSS.

C&G Asesores: Tu aliado en el proceso de pensión por cesantía

En C&G Asesores, contamos con más de 18 años de experiencia en seguridad social y trámites ante el IMSS. Te ofrecemos asesoría gratuita y personalizada para que puedas:

  • 1. Verificar si cumples con los requisitos. 
  • 2. Seguir el proceso hasta la resolución de tu caso.
  • 3. Recibir apoyo en caso de negativa o complicaciones.

Preguntas frecuentes sobre la pensión por cesantía

1. ¿Puedo solicitar la pensión por cesantía si tengo más de 65 años?
No, la pensión por cesantía en edad avanzada solo aplica para personas entre 60 y 64 años. Si tienes 65 años o más, debes solicitar la pensión por vejez.

2. ¿Qué pasa si no tengo las semanas cotizadas requeridas?
Si no cumples con las semanas cotizadas, puedes completarlas a través de la Modalidad 40 o aportaciones voluntarias a tu AFORE.

3. ¿Puedo trabajar mientras recibo la pensión por cesantía?
Sí, pero debes notificar al IMSS, ya que tus ingresos podrían afectar el monto de tu pensión.

¡No dejes tu futuro al azar!

Contacta a C&G Asesores y recibe la asesoría que necesitas para solicitar tu pensión por cesantía en edad avanzada. Con nuestro apoyo, podrás asegurar un retiro más tranquilo y económico.