Si estás por retirarte y cotizaste al IMSS antes del 1 de julio de 1997, seguramente tienes muchas preguntas sobre cómo funciona la pensión bajo la Ley 73. En C&G Asesores, queremos que tengas la información que necesitas para tomar las mejores decisiones. Por eso, hemos recopilado las preguntas más frecuentes y te ofrecemos respuestas claras y concisas.
1. ¿Cómo sé si tengo derecho a una pensión IMSS?
Para tener derecho a una pensión bajo la Ley 73, debes cumplir con estos requisitos:
- Tener al menos 500 semanas cotizadas.
- Haber cumplido 60 años (para pensión por cesantía) o 65 años (para pensión por vejez).
- Haber causado baja en el Régimen Obligatorio del IMSS.
- Estar dentro del periodo de conservación de derechos.
2. ¿Cómo sé si soy Ley 73 o Ley 97?
Si comenzaste a cotizar al IMSS antes del 1 de julio de 1997, perteneces a la Ley 73. Si lo hiciste después de esa fecha, perteneces a la Ley 97. También puedes verificarlo con tu Número de Seguridad Social (NSS): el segundo y tercer dígito indican el año en que comenzaste a cotizar.
3. ¿Qué es el periodo de conservación de derechos?
Es el tiempo que puedes estar sin cotizar al IMSS sin perder tu derecho a una pensión. Este periodo es igual a la cuarta parte del total de semanas cotizadas. Por ejemplo, si tienes 1,000 semanas cotizadas, puedes dejar de cotizar hasta 250 semanas sin perder tus derechos.
4. ¿Cómo puedo saber cuántas semanas tengo cotizadas?
Puedes consultar tus semanas cotizadas en línea a través del portal del IMSS o solicitar una constancia de semanas cotizadas en una oficina administrativa.
5. ¿Cómo se calcula el monto de mi pensión?
El monto de tu pensión se calcula con base en:
- El número de semanas cotizadas.
- Tu salario promedio de los últimos 5 años.
- Tu edad al momento del retiro.
6. ¿Cómo puedo obtener una mejor pensión?
La Modalidad 40 te permite aumentar tus semanas cotizadas y mejorar tu salario promedio, lo que se traduce en una pensión más alta.
7. ¿Qué es la Modalidad 40?
Es un programa que te permite seguir cotizando al IMSS de forma voluntaria, incluso si ya no trabajas bajo el Régimen Obligatorio.
8. ¿Cómo funciona la Modalidad 40?
Al afiliarte a la Modalidad 40, puedes elegir el salario con el que deseas cotizar, lo que te permite mejorar tu salario promedio y aumentar tu pensión.
9. ¿Cuánto cuesta la Modalidad 40?
El costo de la cuota en 2025 es del 13.34% del salario con el que te das de alta. Es importante recordar que este costo aumentará gradualmente hasta 2030.
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10. ¿Va a desaparecer la Modalidad 40?
No, la Modalidad 40 no va a desaparecer, pero su costo sí aumentará en los próximos años.
11. ¿Hay financiamiento para la Modalidad 40?
Sí, existen instituciones financieras que ofrecen financiamiento para cubrir el costo de la Modalidad 40.
12. ¿Dónde puedo obtener más información?
En C&G Asesores, te ofrecemos asesoría gratuita y personalizada para resolver todas tus dudas sobre la pensión IMSS y la Modalidad 40. ¡Contáctanos hoy mismo!
Para más información sobre la Modalidad 40, revisa la página del IMSS: Inscripción a la continuación voluntaria al régimen obligatorio en el IMSS